domingo, 28 de noviembre de 2010

Banpro "asalta" dinero de planilla a deudores


Socorro Falcón trabaja en el programa alimentario del Ministerio Agropecuario (Magfor), donde le pagan un salario inferior a 7 mil córdobas por mes, pero en los últimos cinco meses apenas vio 45 córdobas de su paga mensual.
“Hice magia para vivir”, relata Socorro, quien de mayo a octubre enfrentó serios problemas para cubrir los gastos de alimentación de su familia, de servicios básicos y del colegio de sus hijos.
Las dificultades se debieron a que de la cuenta bancaria, donde el Magfor le deposita el salario, el Banco de la Producción (Banpro) tomó dinero para pagarse abonos de la deuda de Socorro por dos tarjetas de crédito.
Ella afirma que nunca recibió notificación previa del Banpro sobre ese procedimiento. Tampoco firmó alguna autorización para que le dedujeran casi todo el salario.
Tanto el Estado como la mayoría de empresas privadas usan el mecanismo de pagar los salarios a través de cuentas bancarias individuales de los empleados, quienes usan tarjetas de débito para retirar el dinero. Ha sido un mecanismo rápido y seguro para los empleadores, pero ahora puede convertirse en un riesgo para los empleados que deben a los bancos.Socorro debe 4 mil dólares al Banpro, por una tarjeta de crédito Premia Master Card, que según dice “nunca he dejado de pagar” y “siempre he querido honrar”.



A principios del año pasado ella logró un arreglo de consolidación de deuda, pactando una cuota mensual de 200 dólares. “La pagaba con un viático adicional que me daban por salir al trabajo de campo”, afirma.



Ese arreglo implicaba un monto fijo con intereses incluidos, que ella pagaba puntual cada vez que el Magfor le depositaba el viático en la misma cuenta de planilla, porque ella accedió a que le dedujeran la cuota de allí mismo.



“Específicamente, el arreglo indica que es por esta tarjeta (Premia Master Card)”, asegura.



Explica que la otra tarjeta que usaba (Texaco-Premia) la dejó fuera de la consolidación de deudas, al considerar que podía manejar los 200 dólares del monto de crédito y seguirla “usando para comprar medicamentos”, cuando los necesitara.



El problema llegó cuando en el Magfor hubo recortes presupuestarios, en el año 2009, y suspendieron la paga de viáticos.



Socorro dejó de recibir ese ingreso adicional y ya no pudo pagar los 200 dólares acordados con el banco. Buscó otro arreglo de refinanciamiento en febrero del 2010, pero se lo negaron.


LE SACAN TODO



“Empecé a pagar sólo parte de la cuota, porque no tenía de dónde. Entonces, a partir de mayo (los del banco) entraron a la cuenta y me sacaron todo el dinero. Si me depositaban el salario, lo sacaban, si me colocaban 100 pesos de viáticos de transporte o comida, los días que salía al campo, los sacaban”, asegura.



“Se pagaron todo el atraso y lo peor fue que juntaron todo y no tuvieron misericordia, ni siquiera respetaron el salario mínimo”, dice Socorro.



Fue a reclamar a la sede central de Banpro y le respondieron que en el contrato que firmó, al aceptar las tarjetas, una de las cláusulas autoriza al banco a pagarse de su cuenta de planilla o cualquier otra que tenga allí.



Ella buscó el contrato pero no lo encontró. Pidió copia al banco y se la negaron.



“Así que no sé si en verdad dice eso (el contrato). Para mí, es un terrorismo bancario lo que hacen”, afirma.


TRABAS PARA CONSOLIDAR DEUDA
Francisco Talavera, también empleado del Magfor, en el área de Informática, se llevó una sorpresa similar. En septiembre pasado, al ir a retirar su salario en Banpro con la tarjeta de débito, se percató que le faltaban 1,500 córdobas.
“Les debo 15 mil córdobas en la tarjeta de crédito. Yo siempre daba el pago mínimo. Me retrasaba algunos días, pero siempre hacía el depósito mensual”, afirma.
“Reclamé al banco, que con qué derecho me comenzaron a quitar automáticamente de mi salario. Me respondieron que en el contrato está estipulado”, relató Francisco.
Él se queja “del abuso”, porque no le enviaron una notificación previa que le diera la oportunidad de actuar contra esa acción y, además, le negaron la oportunidad de alcanzar un acuerdo para consolidar la deuda.
“Fui a la sucursal de Montoya (del banco) donde le dije a la gente de atención al cliente que yo no quiero tener más deuda, pero la respuesta es que no aplico porque la cuota que me iban a poner tocaba demasiado mi salario”, explica.
“Pero cómo es posible que yo tenga que dar más como pago mínimo y no aplique a la consolidación, cuando sería una cuota menor a ese pago mínimo, pero que sería con un interés fijo, una cuota fija que me haría salir de una vez de la deuda”, comenta.
Para Francisco, “los bancos no quieren que quienes les debemos les cancelemos, porque así nos obligan a pagar miles y miles de córdobas por años”.
SON ILEGALIDADES, AFIRMA RNDC
Jorge Eduardo Rooseess, coordinador de políticas públicas de la Red Nacional de Defensa de los Consumidores (RNDC) y Marvin Pomares, directivo del Instituto Nacional de Defensa de los Consumidores (Indec), los bancos están cometiendo una “práctica abusiva”.
Sostienen que, según la Ley General de Bancos (No. 561), la Ley de Promoción y Ordenamiento del Uso de Tarjetas de Crédito (No. 515) y la nueva Norma para las Operaciones de Tarjetas de Crédito, dictada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif), los bancos están obligados a informar y notificar a sus clientes sobre todo tipo de cobro, o decisión que modifique la relación del contrato y acción contra ellos.
Pomares afirma que “el banco, antes de proceder, debe tener firmado el consentimiento del cliente o tener una resolución de un juez, de lo contrario no puede, es ilegal”.
Su argumento lo sustenta en el Artículo 11, inciso “b” de la Ley 515, que indica que serán nulas las cláusulas de los contratos “que faculten al emisor a modificar unilateralmente las condiciones del contrato”.
“En estos casos cabe la nulidad, porque simplemente ‘por sus pistolas’ el banco viene, le quita parte o el total del dinero que tiene depositado, sin que la persona tenga tiempo de conocer si su contrato lo establece, aparte de que por ley está obligado a recibir la notificación previa, para actuar acercándose al banco para alcanzar un arreglo”, explica.
Pomares considera esa práctica bancaria como “grave porque estamos hablando del salario que es afectado, y aquí hay un porcentaje límite para embargar a un trabajador, que es el 30 por ciento, y con esta práctica de automáticamente pagarse de las cuentas salariales y sacar todo el dinero, violan el salario mínimo”.
Recuerda que el salario mínimo es inembargable y eso “significa que, aún cuando el banco obtenga la autorización, no puede dejar al trabajador sin un peso, no puede cobrarse cuando afecte el salario mínimo”.
El margen de salario mínimo vigente en Nicaragua es de 1,767 córdobas el más bajo y de 4,030 el más alto. Cualquier requerimiento de pago de un préstamo, no puede exceder esos límites.
La Ley de Salario Mínimo (No. 625) establece en el Artículo 3 que “el salario mínimo es irrenunciable y no puede ser objeto de compensación, descuento de ninguna clase, reducción, retención o embargo, excepto los de seguridad social, alimentos de familiares del trabajador declarados judicialmente y otros previstos por la ley”.
Socorro Falcón finalmente consiguió en noviembre el refinanciamiento, en que le fijaron un único monto a pagar por las dos tarjetas de crédito, aceptando el Banpro la reducción de la cuota a 100 dólares y de los intereses de 30 al 15 por ciento anual. Pero la deuda será liquidada al cabo de 60 meses (cinco años).
Francisco Talavera aún espera una oportunidad similar. Ambos buscaron asesoría en el Indec y sostienen que es la única forma de lograr un arreglo con el banco, porque solos nunca lograrían saltar las trabas.
“Los clientes estamos indefensos, las leyes no apoyan al consumidor; la Superintendencia es desconocida, porque en Nicaragua el consumidor está siendo atropellado sin misericordia y no sabemos cómo defendernos, sólo protegen los intereses de los bancos”, opina Talavera.

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