jueves, 28 de julio de 2011

Mitrab declara 1 y 10 de agosto "asueto remunerado" en Managua



MANAGUA
Mediante un comunicado, la Ministra del Trabajo, Jeannette Chávez, hizo público que "de conformidad a lo establecido en el artículo 67 del Código del Trabajo" se declara el 1 y 10 de agosto del año en curso, "asueto remunerado" para todas las personas que laboran exclusivamente en el municipio de Managua.

Estos días feriados responden a las festividades de Santo Domingo de Guzmán, santo patrono de los managuas.

Se especifica que sólo los feriados nacionales como el 1 de enero, Jueves y Viernes Santo, 1 de mayo, 19 de julio, 14 y 15 de septiembre, 8 y 25 de diciembre, cuando coinciden con el séptimo día, de conformidad con el artículo 68 del Código del Trabajo, son compensados o repuestos por otro día. En el caso de las fiestas agostinas no ocurre eso.

Por lo tanto, "las personas trabajadoras deben incorporarse a sus labores los días martes dos y jueves once de agosto", apunta el comunicado.

De lo anterior se exceptúan aquellas labores que por su naturaleza no pueden ser interrumpidas de conformidad con el artículo 69 del Código del Trabajo.

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