lunes, 27 de septiembre de 2010

Una ley que ensancha puertas a corrupción


MANAGUA
El último borrador propuesto por la Comisión Económica de la Asamblea Nacional a aprobarse como nueva Ley de Contrataciones del Estado, se aleja de los estándares internacionales, fomenta ampliamente los niveles de discrecionalidad y abre las puertas a la corrupción, de acuerdo con las conclusiones de un consultor especialista en el tema.
Rodolfo Pérez García, consultor y experto en contrataciones públicas, contratado por el Instituto de Estudios y Estrategias de Políticas Públicas, Ieepp, para comparar el proyecto de ley de Ortega, con el del ex presidente Enrique Bolaños, y leyes similares de otros países, encontró que la propuesta de Ortega es similar en un 70% a una iniciativa inconclusa de quien gobernó el país entre 2001 y 2006.

“El estudio fue académico, y, en primer lugar, se destaca que en más del 70% es una copia del ante proyecto de Bolaños”, indicó.

¿Cómo estamos?
Luego se hizo un análisis desde el punto de vista internacional para ver cómo anda Nicaragua como país suscriptor de la Convención Interamericana contra la Corrupción, a la luz de eso revisó las leyes similares en América Latina, Estados Unidos y Europa, y aquí están algunos resultados.

“En el tema de quién puede y no ser oferente es bien interesante, porque uno de los elementos claves de la transparencia es el de la obligación de estar inscrito en el Registro de Proveedores desde que se hace la convocatoria que establece la Ley vigente; el proyecto de Bolaños lo contemplaba, y desapareció en el proyecto de Ortega”, señaló Pérez García.

“Esto es grave, porque esa solicitud lo que trata de demostrar es la idoneidad de la empresa o persona jurídica que quiere participar en una contratación, los antecedentes de la empresa, la credibilidad de la empresa, la acreditación desde el punto de vista económico financiero para responder a la obra”, analizó, para complementar el resultado negativo de ese vacío.

“Esto ha fomentado descaradamente la corrupción en los países donde se ha aplicado, porque ha dado puerta abierta a las empresas de maletín, porque vos podés orientar a un grupo de personas que liciten, cuál es el monto, y, efectivamente, ellos se constituyen en una empresa determinada y le adjudican la licitación, sin tener ningún antecedente”, dijo.

Mencionó que la exigencia de ese requisito es tal, que el mismo Banco Mundial y el BID, cuando desembolsan dinero para proyectos determinados, piden que los oferentes tengan antecedentes que sustenten la idoneidad para ser elegidos para realizar determinado servicio o proyecto, como garantía de éxito de los proyectos.

“No van a soltar el dinero para contratar a una empresa que está surgiendo de la noche a la mañana”, espetó Pérez García, quien insistió en el grave error de que en nombre de la agilidad administrativa, un Estado promueva la corrupción.
El “lamentable” tema de las contrataciones directas
El experto indicó que un “tema lamentable y delicado” es el relacionado con las exclusiones de procedimientos, porque no hay claridad sobre los términos de urgencia.

“Lo que ha ocurrido es que la excepción es regla, porque hay demasiada discreción en la actual ley --Ley 323, Ley de Contrataciones del Estado, vigente--, porque deberían ser casos excepcionales claramente definidos, la ley debería dejar claro y de manera categórica cuáles son los casos excepcionales en los que se puede excluir un procedimiento”, analizó.

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