jueves, 3 de febrero de 2011

Policía no debería aplicar delito de “motín” en caso de Enacal

El abogado del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Norwin Solano, aseguró que los guardas detenidos por el incidente presentado la noche del martes en la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (Enacal), no pueden ser procesados por el delito de motín porque no son funcionarios carcelarios.

La jefa de la Dirección de Auxilio judicial (DAJ), comisionada mayor Glenda Zavala, expresó ayer que a los detenidos por el caso de Enacal le pueden imputar el delito de motín tipificado en el Código Penal.

La Policía dijo que 25 trabajadores de Enacal fueron detenidos. El Cenidh contabiliza 24 detenidos.

"En esa parte los mandos policiales y en ese sentido la comisionada (Glenda) Zavala debe estar clara de que se trata de un cuerpo de trabajadores que se dedican al cuidado de las instalaciones de Enacal, no se trata de ninguna manera de reos que están en reclusión, no se trata de policías o miembros del Ejército que están prestando servicio, para lograr establecer un amotinamiento", señaló Solano.

"Son personas trabajadores que se opusieron a un cambio radical, a un cambio arbitrario al despojo de sus puestos de trabajo", indicó Solano, tras señalar que si tenían sospechas de que algunas de estas personas a través de ese puesto pudieron incurrir en algún delito las autoridades de Enacal debieron haber efectuado una investigación previa.

Solano criticó también el discurso que han mantenido los diferentes dirigentes sindicales de Enacal quienes han asegurado que los guardas no serán despedidos, y que el tiempo que no han laborado sería incluido a cuenta de vacaciones.

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