MANAGUA
Alegando que la Constitución Política de la República de Nicaragua establece la gratuidad de la cédula de identidad, los diputados del Movimiento Renovador Sandinista, MRS; de la Bancada Democrática Nicaragüense, BDN, y del Partido Liberal Constitucionalista, PLC, presentaron esta mañana una iniciativa para reformar la Ley de Identificación Ciudadana (Ley 152), y refrendar lo que se supone contempla la Carta Magna, es decir, que el documento de identificación debe ser expedido sin costo alguno.
Al presentar la iniciativa en conferencia de prensa, los diputados Víctor Hugo Tinoco, del MRS; y Adolfo Martínez Cole, jefe de bancada de la BDN, insistieron en que el cobro de los 300 córdobas por trámite de nueva cédula que está realizando el Consejo Supremo Electoral, CSE, es inconstitucional, sin embargo, al revisar el texto de la Carta Magna, en ninguna parte se habla siquiera del documento de identificación ciudadana.
No obstante, los legisladores argumentan que es inmoral que los funcionarios públicos con exorbitantes salarios no paguen ni un centavo por la cédula de identidad, mientras la gran mayoría de los nicaragüenses –pobres sobre todo-, tengan que pagar 300 córdobas por el documento.
La reforma propuesta pretende establecer en el artículo 3 de la Ley 152 la “obligación del Estado a otorgar gratuitamente” la cédula de identidad. Actualmente, este artículo con contempla esa circunstancia, por lo que la propuesta de reforma pretende añadir la palabra “gratuitamente”. “Todos los nicaragüenses que hayan cumplido los dieciséis años de edad tienen el derecho y el deber de obtener su respectiva cédula de identidad y el Estado la obligación de otorgarlas gratuitamente”, se lee en la propuesta de reforma del artículo 3.
“La cédula será entregada sin costo alguno cuando se otorgue por primera vez y cuando se trate de renovación por vencimiento o expiración de la misma. Cuando se trate de reposición por pérdida o modificación se pagará un arancel equivalente en córdobas y de acuerdo a la tasa oficial, de dos dólares de los Estados Unidos de América”, se lee en la segunda parte de la modificación propuesta por los diputados opositores.
Reforma deroga pago por reposición o modificación de cédula
La reforma también deroga el párrafo tercero del artículo 36 de la Ley de Identificación Ciudadana, el cual establece que “para la reposición o modificación, previamente deberá pagarse el arancel establecido por el Consejo Supremo Electoral”.
Aunque aún no ha sido presentada ante la Primera Secretaría, los jefes de bancada que participarán mañana en la reunión de Junta Directiva del Parlamento solicitarán que la propuesta sea enviada lo más pronto posible a la Comisión correspondiente para su dictamen y posterior discusión y aprobación en el plenario.
Los legisladores llamaron a la población a no pagar los 300 córdobas por cédula y esperar que la reforma entre en vigencia, habida cuenta de que las cédulas actuales están vigentes hasta el 31 de diciembre del año 2012 por lo que no debería haber prisa por cambiar de documento.
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